Día 72 | Proverbios 6:19
- Categories Devocional, Proverbios
- Date 13/03/2023
- Ya hemos hablado del testigo falso, el mentiroso varias veces en este devo, hoy veamos lo contrario, el testigo real, el testigo legítico, el que testifica por nosotros. El Señor. El Espíritu Santo.
- Cristo y la lengua falsa:
- Mt 5:33–37 También habéis oído que se dijo a los antepasados: «NO JURARÁS FALSAMENTE, SINO QUE CUMPLIRÁS TUS JURAMENTOS AL SEÑOR». Pero yo os digo: no juréis de ninguna manera; ni por el cielo, porque es el trono de Dios; ni por la tierra, porque es el estrado de sus pies; ni por Jerusalén, porque es LA CIUDAD DEL GRAN REY. Ni jurarás por tu cabeza, porque no puedes hacer blanco o negro ni un solo cabello. Antes bien, sea vuestro hablar: «Sí, sí» o «No, no»; y lo que es más de esto, procede del mala.
- Los maestros judíos insistían todavía más en la verdad si se había reforzado con un juramento. Este principio se establece repetidamente en el Nuevo Testamento. El mandamiento decía: «No pronunciarás el nombre del Señor tu Dios en vano; porque el Señor no dará por inocente al que pronuncie Su nombre en vano» (Éxodo 20:7).
- Pablo nos presenta otra gran alegoría de las suyas, con las que nos describe la nueva relación que tienen los cristianos con Dios. Dice que el cristiano es adoptado como hijo en la familia de Dios. Para entender la profundidad del sentido de este pasaje tenemos que saber algo de lo seria y complicada que era la adopción entre los romanos.
- Lo que hacía de la adopción un asunto tan complicado y difícil era la patria potestas romana; es decir, la autoridad del padre sobre toda la familia. El padre tenía poder para disponer absolutamente de la familia; y, en los primeros tiempos, hasta de vida o muerte. En relación con su padre, un hijo nunca alcanzaba la mayoría de edad; siempre estaba bajo la patria potestas, y era propiedad absoluta de su padre, que podía disponer de él como quisiera. Ya se comprende que esto convertía la adopción por otra familia en un paso difícil y serio. Por la adopción, una persona pasaba de estar bajo una patria potestas a estar bajo otra.
- Tenía dos etapas. La primera se llamaba mancipatio, y se llevaba a cabo mediante una venta simulada en la que se usaban simbólicamente unas monedas y una balanza. El simbolismo de la venta se llevaba a cabo tres veces: el padre hacía como que vendía a su hijo dos veces, y otras dos volvía a comprarlo; pero la tercera vez ya no le compraba, por lo que se consideraba quedaba rota la patria potestas. Luego seguía la ceremonia de vindicatio. El padre adoptante se dirigía al praetor, uno de los magistrados romanos, y presentaba el caso legal para la transferencia a su patria potestas de aquel a quien iba a adoptar. Cuando todo esto se completaba, quedaba consumada la adopción. No cabe duda, era un proceso sumamente serio e impresionante. Pero aún nos interesan más para comprender la alegoría de Pablo las consecuencias de la adopción. Las principales eran cuatro:
- (i) La persona adoptada perdía todos los derechos que le hubieran correspondido en su vieja familia, y adquiría todos los de un hijo legítimo de la nueva familia. En el sentido legal más estricto, adquiría un nuevo padre.
- (ii) Automáticamente quedaba constituido heredero de las propiedades de su nuevo padre. Aunque después le nacieran a éste otros hijos, eso no afectaba a sus derechos. Sería inalienablemente coheredero con ellos.
- (iii) Para la ley, la vida anterior de la persona adoptada se borraba completamente. Por ejemplo: si tenía deudas, quedaban canceladas. Se le consideraba una nueva persona que empezaba una vida nueva sin la menor vinculación con el pasado.
- (iv) Para la ley era hijo de su nuevo padre en todos los sentidos. La historia de Roma contaba un caso que dejaba bien claro hasta qué punto esto era verdad. El emperador Claudio adoptó a Nerón para que le sucediera en el trono. No eran parientes antes. Claudio ya tenía una hija, Octavia. Para consolidar la alianza Nerón se quería casar con ella; no había entre ellos ningún lazo de consanguinidad; sin embargo, para la ley eran hermanos, así es que no se podían casar a menos que el senado romano dictara una ley especial.
- Eso es lo que está pensando Pablo aquí. Y usa además otra figura de la adopción romana: dice que el Espíritu de Dios da testimonio a nuestro espíritu de que somos de veras hijos de Dios. La ceremonia de adopción se llevaba a cabo en presencia de siete testigos. Supongamos que el padre adoptante muriera, y se pusiera en duda el derecho a la herencia del hijo adoptivo; uno o más de los siete testigos se personaría y juraría que la adopción había sido genuina. Así quedaba garantizado el derecho de la persona adoptada. En nuestro caso, dice Pablo, es el mismo Espíritu Santo el que da testimonio de que Dios nos ha adoptado como sus hijos. Barclay.
- El pasado ya no tiene ningún derecho sobre nosotros; Dios es el único que tiene derecho absoluto. El pasado está cancelado, y las deudas borradas; empezamos una vida nueva con Dios, y somos herederos de todo lo que es suyo
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FORMACIÓN
Licenciado en idiomas / Universidad Popular del Cesar- Egresado con tesis de grado y estudiante perteneciente a semillero de investigación Conservación por la vida.
Magíster en Educación en entornos virtuales de aprendizaje/ Universidad Cuauhtémoc, México.
Diplomado en docencia universitaria/ Politécnico de Suramérica.
EXPERIENCIA
11 AÑOS DE EXPERIENCIA DOCENTE
Docente Universidad Popular del Cesar/ 2019
Docente Universidad Udes de Santander/ 2022
Instructor SENA, Servicio Nacional de Aprendizaje/ 2019
Docente – Instructor, Uparsistem/ 2017
Docente capacitador pruebas SABER/ 2011
Docente investigador, publicación en revista académica indexada.
Director Club de Apologistas 2022/ Creador de contenido